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Tibunal de Cuentas de Portugal concluye que las PPP en saneamineto solo benefician al sector privado

El Tribunal de Comptes de Portugal ha analizado las 17 Aliances Público Privadas (PPP) en saneamento que tiene Portugal y concluye lo siguiente (disculpad la traducción):

“De acuerdo con las buenas prácticas y los principios de la distribución de riesgos en un PPP / concesión, el riesgo de insostenibilidad financiera de un riesgo de mercado resultante PPP, el riesgo de demanda, los riesgos financieros, riesgos de construcción y operación deben ser en la medida de lo posible transfiedos al socio privado, esto de hecho, no es el caso en casi todos los contratos de PPP / subvención analizada, como fue el caso de las concesiones de Barcelos, Fundão, Valongo de Pacos de Ferreira y Santo Tirso / Maia.

Algunos contratos de concesión analizados, como fue el caso de la concesión de Matosinhos, siguen presentando cláusulas de recuperación financiera que garantizan a los gestores privados fondos de cobertura de riesgos financieros asociados con el cambio de los diferenciales bancarios, o incluso para cubrir los riesgos operacionales como resultado de cualquier mantenimiento aumentos de costos. Estas situaciones disminuyen claramente los principios de la distribución de riesgos que debería basarse un contrato de concesión.

Alrededor del 74% de los contratos de concesión prevé expresamente la posibilidad de ser reembolsado por los municipios, en caso de que haya una cierta reducción en el volumen total de agua facturada y la tendencia estimada en el número de consumidores .

Esto significa que estos contratos de concesión tienen garantías de ingreso mínimo a los gestores de fondos que garanticen en la práctica a través del proceso de recuperación financiera, como resultado de la ocurrencia de fallos sistemáticos en la predicción de caudales consumidos y facturados, que por regla , tienen entre el 10% y el 30% por debajo de los valores estimados en el caso base. En el caso de subvenciones de Barcelos, de Pacos de Ferreira Paredes, Carrazeda y Marco Canaveses consumo real es menor de lo esperado en más de un 20%.

Proyecciones adoptadas como crecimiento de la población, así como la captación estimada, presente en muchas de estas concesiones, un retraso sustancial la realidad de muchos municipios. Estas estimaciones se han proporcionado y aprobado por los organismos otorgantes donde habían sido previamente auditados o amenazados por los propios municipios, como se explica en subvenciones Barcelos y Carrazeda Ansiães.

Parece sistemática la falta de rigor y la prudencia con respecto a las hipótesis técnicas y económicas adoptadas en los modelos financieros de proyectos en estudio, lo que en última instancia, benefician a los distribuidores.

Las cláusulas contractuales relativas a la recuperación financiera demostraron ser demasiado abierto, no permitir, en determinados casos, identificar eventos claros y objetivos susceptibles de reequilibrio financiero. Todos los cambios legislativos y normativos podrían, en la práctica, cualquiera que sea su naturaleza y sus efectos, la mejora de las aplicaciones para el reequilibrio financiero a favor de los concesionarios. En este sentido véase la concesión de Matosinhos.

De hecho, las cláusulas de los contratos de que se trata no garantizan, en la práctica, una transferencia significativa y efectiva de los riesgos para la pareja / concesionario privado.

Por otra parte, parece que la inversión y la responsabilidad de las entidades gestoras, para dar cobertura a una expectativa de crecimiento y consumo de la población, en la práctica, tampoco existía. En este sentido, véase la concesión de Barcelos.

En la mayoría de los contratos de concesión no existía evidencia alguna de preocupación por parte de los otorgantes municipios con el análisis de riesgos y la sostenibilidad financiera de los impactos potenciales asociados con el desarrollo de las concesiones de los escenarios adversos.

Esta posición es evidente en situaciones en las que las agencias concedente a cabo la modificación unilateral del caso base constante trayectoria tarifária15, lo que resultó en un impacto inmediato oleaje de la compensación económica que se pagará a los distribuidores. Es, entre otras cosas el caso de las concesiones de Barcelos y Carrazeda Ansiães.

En general, los otorgantes públicas tenían serias limitaciones en la capacidad de supervisión financiera y el análisis de riesgos de estos contratos, lo que resulta en una capacidad técnica y de negociación inferior para proteger los intereses financieros de los municipios, incluyendo los propios usuarios. Estas entidades públicas también mostraron poca sensibilidad a las cuestiones relacionadas con la revisión y renegociación del equilibrio económico y financiero de los contratos de concesión. Esto sucedió en la concesión de Barcelos.

Para el sistema, la figura de la recuperación financiera nunca trabajó para el beneficio del otorgante o los usuarios de los municipios respectivos cuando se encuentran situaciones susceptibles de generar ingresos netos superiores a los previstos en el caso base para los gestores de fondos.

En el marco macroeconómico actual de restricciones presupuestarias de los esfuerzos locales y nacionales para consolidar las finanzas públicas insta a reconsiderar los planes de inversión ambiciosos realizados por algunos municipios otorgantes, así como la revisión de los niveles de remuneración de los accionistas de las sociedades de gestión, a fin de salvaguardar los intereses otorgantes de las entidades financieras y los usuarios municipales.

En el 99% de los casos de equilibrio económico y financiero de los contratos de concesión examinados, las sustituciones respectivas se realizaron mediante el uso de los métodos para cambiar el plazo de la concesión, la eliminación / reducción de la remuneración correspondiente a los municipios otorgantes, cambio de tarifa o cualquier combinación algunos de los métodos anteriores.

Salvo que concede la evidencia Feira no registrada de los logros de repuesto equilibrio económico y financiero de una concesión de una subvención a través de una compensación económica directa.

Alrededor del 26% de los municipios tenía otorgantes reducción / eliminación de la consideración de la concesión por un procedimiento de reequilibrio de las concesiones, como fue el caso de las concesiones de Fafe, Santo Tirso / Maia, Ourém, Trancoso y Valongo.

Tener la concesión de Campo Maior, donde se produjeron los cambios contractuales, que se encontraron en su generalidad, destinado al consumidor final mediante el aumento de las tarifas del agua.

Con la excepción de las concesiones de Campo Maior, Figueira da Foz, Lisboa, Fafe, Paredes y Carterton, en demasiadas concesiones aún no se han incorporado las respectivas comisiones de control, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-Ley n. 194/2009”.

Pots llegir informe original aquí: Estudio PPP saneamiento Portugal

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