Dret humà a l'aigua i al sanejament

Comunicado – Persiste la vulneración del #derechoagua y al saneamiento y los cortes de agua a las familias más necesitadas

Día Mundial de los Derechos Humanos 2013:

Persiste la vulneración del derecho humano al agua y al saneamiento y los cortes de agua a las familias más necesitadas

En el Día internacional de los Derechos Humanos, recordamos que en 2010 la Asamblea General de Naciones Unidas reconoció el derecho humano al agua y al saneamiento (DHAS)[1] y presentamos este primer informe sobre la vulneración del derecho humano al agua en España.

En esta línea, se ha presentado la Iniciativa Ciudadana Europea, apoyada por millones de personas en el ámbito europeo que claman por el reconocimiento expreso del DHAS, la defensa de una gestión pública y la exclusión del agua de las leyes del mercado –de su liberalización-[2].

Destacamos que es obligación de los Estados garantizar el DHAS a todas las personas, con independencia de su condición social y/o económica. Denunciamos que en el Estado español no existe ninguna prohibición expresa respecto a la interrupción del servicio. Incomprensiblemente, muchos Estados al implementar el DHAS a nivel nacional han previsto normativas que expresamente permiten la suspensión o el corte del suministro del servicio de agua y saneamiento[3].

Frente a esta situación, y desde un enfoque de derechos humanos, es urgente y necesario suprimir cualquier normativa que permita la suspensión del servicio por causas económicas.

En cuanto a las normativas existentes, exigimos se garantice en ellas que en ningún caso se permita el corte del suministro cuando la falta de pago del servicio se deba a motivos económicos, garantizándose a toda persona el acceso a una fuente alternativa de agua y de saneamiento.

Por otro lado, también exigimos que nunca se utilice esta lamentable situación humana para agravar la situación de las familias y repercutiéndoles el coste de los impagos de forma indiscriminada. Lamentable hecho que ha devenido cómo práctica habitual en el territorio español derivado del modelo de gestión privada de los servicios de agua y saneamiento. En este sentido, se sobreentiende que el canon concesional (el pago de la empresa privada para conseguir la gestión del agua y sus beneficios) nunca podrá utilizarse, tal como viene siendo habitual, a financiar todo tipo de obras,  infraestructuras o todo tipo de gastos. Dado que, acaban repercutiendo en el pago del recibo de este bien tan esencial para la vida.

Por todo ello, es inadmisible que existan empresas privadas que se lucren con la gestión del agua y el saneamiento mientras existen familias a las que se corta el suministro de agua y saneamiento y se les priva de su derecho humano al agua, esencialmente por su condición económica y personal. El lucro y los costes no pueden estar por encima de los derechos humanos. El agua es vida, no una mercancía.

 

Más información:

Quim Pérez – Ecologistas en Acción (647*915*639)

Luis Babiano – Asociación española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (690*853*074)

Lídia Serrano – Ingeniería Sin Fronteras (616*181*113)

 


[1] Resolución 64/292. El derecho humano al agua y el saneamiento, doc. A/64/L.63/ Rev.1* publicada de nuevo el 27 de julio de 2010.

[3] Este es el ejemplo de la Catalunya dónde se ha aprobado la Moció 56/X del Parlament de Catalunya, sobre la pobresa energética.

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1 Comentari

  1. Sudaka Topo
    10 desembre, 2013 en 2:20 pm

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