Dret humà a l'aigua i al sanejament

La Federación de Municipios recomienda cortar el agua si no se paga un recibo

La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), entidad que integra a las entidades municipales y provinciales españolas, ha emitido un informe junto a la patronal de entidades gestoras de agua en el que recomienda cortar el suministro a las familias que se restrasen en el pago de la factura.

Este documento implica un cambio en la gestión pública del agua potable. Hasta ahora los municipios regulaban el corte de suministro de agua implementando planes de ayuda social o incluso haciendo frente a la factura en el caso de necesidad, siguiendo las directrices de los servicios sociales.

En la página 35 del informe, firmado junto a la Asociación Española de Abastecimiento de Agua y Saneamiento (AEAS), se indica claramente que “se recomienda que la entidad gestora siga los procedimientos o trámites, legales o regulados, previstos al efecto: – Deberá comunicar al Cliente, en la dirección de contactos indicada por éste por los medios apropiados y de forma diligente, los motivos y hechos que justifiquen la suspensión o corte de suministro, así como el plazo, que no podrá ser inferior 15 días para que el Cliente proceda a la subsanación de los motivos y hechos que lo motivan”.

Además, el documento especifica los pasos a seguir “en el caso de suministro por falta de pago”. Estas normas establecen que “si en el plazo de 20 días de ser presentado el recibo a su cargo no es satisfecho por el Cliente, se iniciará el procedimiento de corte”. Un corte que sólo se paralizaría en caso de que el abonado presente una reclamación ante la entidad gestora.

Para volver a tener derecho al acceso al agua habrá que pagar, y será la entidad gestora la que volverá a dar el servicio, “cobrándose los gastos ocasionados por la realización del corte y su restablecimiento”. Además, si no se abona la factura durante dos recibos consecutivos tras el corte del suministro, se dará por extinguido definitivamente el contrato.

En el documento, al que se puede acceder a través de la web con el título Recomendaciones técnicas para la Regulación del Servicio de Abastecimiento Urbano, cuenta con la participación de técnicos de la FEMP, de la Sociedad General de Aguas de Barcelona y varios ayuntamientos que tienen privatizado su servicio de gestión de agua potable.

Fuentes de la FEMP han asegurado “desconocer” si hay algún tipo de orden o sugerencia a los ayuntamientos sobre qué hacer en caso de amenaza por corte de suministro. Donde sí la hay es en Francia. Allí, en abril del año pasado, el parlamento introdujo una modificación al artículo 413-5 del Código Civil de Acción y Familias para prohibir a las compañías de luz, gas y calefacción cortar el suministro de una vivienda habitual para las personas en régimen de exclusión durante el verano. Además, prohíbe a las compañías de agua durante todo el año el corte del suministro.

Hay que recordar que la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) reconoce el derecho al agua a través de su Resolución 64/292, en la que exhorta a los poderes públicos a proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento accesible y asequible para todos.

Font: La Marea

Article anterior

El Supremo da otro varapalo a la privatización de ATLL

Següent article

Aigües de Mataró destinarà 65.000 euros al fons social

Sense comentaris

Deixa un comentari

L'adreça electrònica no es publicarà. Els camps necessaris estan marcats amb *